A- de 2015
Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Demandante Gregoria Aminta Guevara Mass·Demandado Uariv
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se remite el expediente al juez de primera instancia
- Reiteración de Jurisprudencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia entre el Juzgado Promiscuo de Familia de Apartadó y el Juzgado Primero Administrativo Oral del Circuito de Turbo, en torno al trámite de la acción de tutela de la referencia.
La Corte reitera que los accionantes pueden presentar la solicitud de amparo ante los jueces a prevención para la protección de sus derechos constitucionales fundamentales, lo que implica que puedan elegir entre el lugar donde ocurrió la vulneración y el lugar en el cual tiene efecto la vulneración de su derecho.
Se resuelve la controversia planteada ordenando remitir el expediente al Juzgado Promiscuo de Familia de Apartadó, para que asuma de manera inmediata y sin dilaciones, el conocimiento de la tutela formulada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del cuatro (4) de septiembre de dos mil quince (2015) proferido por el Juzgado Promiscuo de Familia del municipio de Apartadó - Antioquia, mediante el cual decidió que no era competente territorialmente para conocer de la acción de tutela presentada por la señora Gregoria Aminta Guevara Mass contra la Unidad Especializada para la Atención y Reparación a las Víctimas - UARIV.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-2303 al Juzgado Promiscuo de Familia del municipio de Apartadó - Antioquia, para que asuma de manera inmediata y sin dilaciones el conocimiento de la acción de tutela de la referencia.
- Tercero. ORDENAR que, por Secretaría General, se comunique la decisión adoptada en esta providencia a las partes, al Juzgado
- Primero. Administrativo Oral del Circuito de Turbo - Antioquia y al Consejo Seccional de la Judicatura, Sala Jurisdiccional Disciplinaria de Antioquia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.